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Cirugía de Corta Estancia


CIRUGÍA AMBULATORIA
La NOM para la práctica de cirugía mayor ambulatoria define así a los procedimientos quirúrgicos que requieren de salas de quirófano pero que no producen invalidez, afectación o modificación de los parámetros de las funciones vitales del paciente en la valoración postoperatoria inmediata y que pueden ser dados de alta en 24 horas o menos.
REQUISITOS PARA CIRUGÍA AMBULATORIA
(De acuerdo a NOM-026-SSA3-2012, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria y la NOM-006-SSA3-2011, Para la práctica de la anestesiología):
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Programación previa de la cirugía (solamente se permite cirugía NO programada en casos de urgencia que no limiten las funciones vitales en el postoperatorio inmediato, que cumplan con los requisitos 2 y 4 y que a juicio del cirujano y el anestesiólogo no se prevean riesgos o complicaciones en el postoperatorio inmediato)
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Estado físico del paciente I o II (ASA)
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Expediente completo incluyendo exámenes preoperatorios o de gabinete igual que para cirugía convencional
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Valoración pre anestésica y, si es necesario, cardiovascular o de la especialidad que requiera
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Que no tenga enfermedades agudas intercurrentes
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Que no requiera hospitalización mayor a un día ni transfusión sanguínea
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Que no tenga antecedentes de hipertermia maligna o uso de medicamentos potencializadores de la anestesia
EXCLUYENTES DE CIRUGÍA AMBULATORIA:
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Lactantes con alto riesgo de complicación respiratoria
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Estado físico mayor de II (ASA)
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Enfermedad aguda intercurrente
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Otras condiciones especiales que determine el cirujano o el anestesiólogo que excluya al paciente de la práctica de cirugía ambulatoria
Antes de la cirugía el anestesiólogo debe confirmar el estado general del paciente para permitir la cirugía.